SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA REPETIR AÑO
Solicitud de autorización para repetir año, recursando únicamente las Unidades de Aprendizaje que no se aprobaron con fundamento al Reglamento Escolar Vigente en su:
Artículo 32.
II. No podrán reinscribirse al grado escolar inmediato superior, aquellos estudiantes irregulares que no hayan acreditado por lo menos el setenta por ciento de Unidades de Aprendizaje o su equivalente en número de créditos que constituye el total de su carga académica en el ciclo escolar inmediato anterior; esto será aplicable a los Programas Educativos que no consideren la flexibilidad curricular.
Requisitos
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